Inicio

ÚLTIMAS NOTAS

ÚLTIMOS ARTÍCULOS DE DDHH

ÚLTIMAS ENTREVISTAS

ÚLTIMOS ARTÍCULOS DE CIENCIA

Lesa Humanidad

Sólo cinco imputados están en cárcel común

Son 28 los imputados incluidos en la causa Monte Pelloni II pero sólo cinco están detenidos en cárcel común. Un recorrido por los cargos, acciones e imputaciones de Eduardo Bernadou, Julio César Tula, Francisco Sarmiento, Roberto Fantini y Raúl Córdoba.

 

Por Lisi Batres

La segunda parte de la causa Monte Pelloni que juzga los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la subzona 12 involucra a 28 imputados entre los que se encuentran integrantes de las Fuerzas Armadas, la Policía Bonaerense y el Servicio Penitenciario Bonaerense. Actualmente sólo cinco de ellos se encuentran detenidos en cárcel común. Cuatro ocuparon cargos en las Fuerzas Armadas: Eduardo Héctor Bernadou, Francisco Oscar Sarmiento, Raúl Ángel Córdoba y Julio César Tula. Mientras que Roberto Manuel Fantini perteneció a la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

El entonces Teniente 1º Bernadou se desempeñó como Jefe de Personal del Batallón Logístico I de Tandil, desde octubre de 1975 hasta diciembre de 1977. Este Batallón tuvo a su cargo el control directo sobre el Centro Clandestino de Detención (CCD) “La Huerta”. Bernadou, en su cargo, fue el responsable principal del planeamiento, la organización, la dirección y el empleo del personal. Paralelamente, también se desempeñó como Jefe de Inteligencia desde diciembre de 1975 y como Jefe del Escuadrón de Transporte hasta diciembre de 1977. En Monte Pelloni II deberá responder como autor mediato penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, tormentos agravados por ser la víctima perseguida política y homicidios agravados por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad en perjuicio de Jorge Oscar Fernández y Alfredo Serafín Maccarini. En junio de 2016 la Cámara Nacional de Casación Penal revocó el pronunciamiento que concedía su arresto domiciliario.

Julio César Tula fue Jefe de Personal en el Regimiento de Olavarría desde enero de 1976 hasta enero de 1977. En el juicio deberá responder como coautor mediato penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, coacción agravada por el empleo de amenazas y partícipe necesario del delito de homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad en perjuicio de José Alfredo Pareja, quien aún permanece desaparecido. Tula fue citado a prestar declaración indagatoria en el marco de la primera parte de la causa de Monte Pelloni. Al no presentarse, fue declarado prófugo. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación ofreció una suma de $100.000 a cambio de información que permitiera la detención del imputado. Finalmente, Tula se presentó ante la Justicia en febrero de 2014, justificando que nunca había recibido la citación ya que había sido enviada a su domicilio anterior.

Francisco Oscar Sarmiento fue Oficial de Operaciones en el Regimiento de Tiradores de Caballería Blindada 2 “Lanceros General Paz” de Olavarría desde enero de 1978 hasta enero de 1979. Como tal, tuvo responsabilidad primaria sobre todos los aspectos relacionados con organización, instrucción y operaciones. A partir de 1979 fue designado Oficial de Logística y nuevamente pasó a ocupar el de operaciones en marzo de 1980. Es por ello que, sin haber tenido intervención propia en la ejecución de los hechos, Bernardou, Tula y Sarmiento son penalmente responsables en virtud de su poder sobre los ejecutores concretos de los delitos. Se puede afirmar, además, el conocimiento que tuvieron respecto de los procedimientos realizados en sus jurisdicciones, los cuales implicaron la detención ilegal de personas, el sometimiento a diversas formas de tortura física y psicológica, y el homicidio o la desaparición forzada de algunas de ellas. En Monte Pelloni II Sarmiento figura como coautor mediato penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, con tormentos agravados por ser las víctimas perseguidas políticas, en perjuicio de Jorge Miguel Toledo y Alcides Félix Díaz.

detenid1Los imputados Roberto Fantini, Julio César Tula y Raúl Córdoba

Raúl Ángel Córdoba, Cabo 1º en el Regimiento de Olavarría, será juzgado por haber formado parte del Escuadrón Comando “Grupo Icia”, el cual realizaba trabajos de inteligencia. A través de las pruebas se afirma que fue miembro integrante del grupo a partir de octubre del ‘76. Deberá responder como coautor penalmente responsable de privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, tormentos agravados por ser la víctima perseguida política y los robos cometidos en perjuicio de Roberto Fernández y Ricardo Alberto Cassano. En diciembre de 2012, la Fiscalía Federal de Azul solicitó su indagatoria por los delitos de los que se lo acusa. Córdoba fue citado a declarar el 11 de julio de 2013 y al no presentarse fue declarado prófugo. El 9 de agosto del mismo año se elevó una orden de captura para la cual el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ofreció una recompensa de $100.000 para quienes brindaran información sobre su paradero. En 2014, el fiscal Walter Romero solicitó la intervención de dos números telefónicos para lograr la detención de Córdoba. Finalmente, fue capturado el 5 de octubre de 2014 por efectivos de la Unidad de Operaciones Especiales Antidrogas de Gendarmería Nacional a la altura del kilómetro 3190 de la Ruta 40, entre los pueblos de Eugenio Bustos y Parebitas, de la provincia de Mendoza.

De la fuerza policial a la política

Roberto Manuel Fantini es el único detenido en cárcel común que pertenecía a la Policía Bonaerense. Al momento de los hechos ocupaba el cargo de Oficial Sub-inspector Principal en la Comisaría de Olavarría. Deberá responder como coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes, tormentos agravados por ser la víctima perseguida política y coacción agravada por el empleo de violencia. Con el retorno de la democracia, Fantini siguió trabajando dentro de la fuerza policial y en diciembre de 1996 fue designado como Comisario en la ciudad de 25 de Mayo, provincia de Buenos Aires. Desde la cúpula de la Policía Bonaerense, en enero de 1998 decidieron trasladarlo por irregularidades en la comisaría que incluían maltratos y torturas a detenidos. Ante esta medida, vecinos de 25 de Mayo manifestaron su apoyo a Fantini mediante una movilización. Finalmente, el comisario no fue trasladado pero pasó a retiro en mayo del ‘98 bajo la orden de León Arslanian, Ministro de Seguridad bonaerense.

Una vez retirado, Fantini se dedicó a la actividad política en 25 de Mayo. En 1999 perdió la interna del Partido Justicialista (PJ) por la candidatura a intendente contra Rubén Iturria. Mediante un acuerdo de las estructuras provinciales del justicialismo, Fantini se presentó como candidato a jefe comunal con el apoyo de Eduardo Duhalde, por entonces gobernador de la Provincia de Buenos Aires. La UCR ganaría las elecciones, relegando las aspiraciones del ex Oficial de la Policía Bonaerense. Desde el justicialismo accedió a una banca en el Concejo Deliberante de 25 de Mayo, la cual ocupó desde 2003 hasta 2007. En 2011 fue candidato a intendente por el Frente Popular pero se bajó de la candidatura días antes de las elecciones generales sin dar explicaciones. Fantini fue detenido con prisión domiciliaria en diciembre de 2013 al ser incorporado como imputado en la segunda parte de la causa por Monte Pelloni. El beneficio le fue revocado en noviembre de 2015 y desde entonces presentó distintos pedidos de prisión domiciliaria y excarcelación ante la Cámara Federal de Casación Penal, dependiente del Poder Judicial de la Nación. Todos fueron rechazados.

En lo que respecta al transcurso del juicio Monte Pelloni II, José Galán, abogado de Fantini, manifestó que su defendido no está en condiciones de movilizarse debido a problemas cardiológicos, hecho por el cual, además, pedirá un traslado de la Unidad Penitenciaria de Batán. Aclaró, también, que Fantini no prestará declaración indagatoria por lo cual no se presentará en el Tribunal Oral de Mar del Plata el próximo jueves 9 de noviembre./ AC-FACSO