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 El último alegato

 

Durante las últimas dos audiencias del Juicio Monte Pelloni 2, la defensa brindó el último de los alegatos. La tarea estuvo a cargo del Dr. Gerardo Ibáñez y la Dra. María Laura Olea, ambos defensores de Roberto Casares, Oscar Bardelli, Héctor Gonzalez Cremer, Walter Jorge Grosse, y Francisco Oscar Sarmiento. Este último estuvo presente en la sala de audiencias. Los abogados solicitaron la absolución de todos sus defendidos. El juicio retoma el próximo viernes 23 de agosto.

Luego de la feria judicial de invierno, el Juicio Monte Pelloni 2 retomó sus audiencias en el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. Allí, durante las jornadas del jueves 8 y el viernes 9 de agosto, se expuso el último alegato de los abogados defensores, y por el ende el último alegato del juicio. Fue un momento esperado. Todo aquello que tiene sabor a final, a culminación de una etapa, genera una ansiedad particular y una expectativa por lo que vendrá.
El jueves la audiencia comenzó a las 11:10hs de la mañana, estaba prevista para las 10hs, pero ya sabemos que los retrasos, por más que los reflejemos incansablemente en cada crónica, han formado parte de la normalidad de todo este proceso. El Tribunal estuvo presidido por el Juez Luis Imas, y estuvieron presentes el Dr. Juan Manuel Portela, en representación del Ministerio Público Fiscal; el Dr. Manuel Marañón, por la Secretaría de DDHH de la Pcia. de Buenos Aires; y la Dra. Mariana Catanzaro, en representación de la APDH. Por su parte, los defensores oficiales acompañaron el alegato que brindaron el Dr. Gerardo Ibáñez y la Dra. María Laura Olea, abogados de Roberto Casares, Oscar Bardelli, Héctor González Cremer, Walter Jorge Grosse, y Francisco Oscar Sarmiento. Este último, estuvo presente en la sala de audiencias siguiendo atentamente las palabras de sus defensores.

“Sabemos que no ha tenido éxito este planteo”

Gerardo Ibez


El primero en tomar la palabra fue el Dr. Gerardo Ibáñez, quien comenzó explicando el orden que le daría al alegato. En este sentido, durante la primera hora expuso diversos argumentos orientados a cuestionar la legalidad del juicio y de varios de los pedidos que hiciera en su momento la parte acusatoria. Esto es algo habitual, todas las exposiciones parten de un marco general para ir, de a poco, ingresando en los casos particulares que se intentan defender. También es habitual que se hagan planteos que ya se saben que no van a ser tenidos en cuenta por el Tribunal, sin embargo se hacen igual. Es una suerte de dejar sentado un posicionamiento que apuesta a un futuro marco revisionista de tales posturas. Por otra parte, suele ocurrir que jueces y abogados ya se conocen de otros juicios, y saben de las opiniones que mantiene cada uno. De todos modos se insiste aunque se sepa que no arribarán a buen puerto. “Sabemos que no ha tenido éxito este planteo” señaló Ibáñez, al referirse al pedido de irretroactividad de la ley penal más gravosa, “no obstante, como esto queda para la historia y se filma, lo vamos a decir. Estamos convencidos que en algún momento estos juicios van a ser revisados” destacó el abogado.
Uno de los momentos llamativos, fue la proyección de un fragmento de la película “Un hombre para la eternidad” (A Man for All Seasons) que narra los últimos años de vida del político inglés Tomás Moro. La escena en particular, mostraba el cuestionamiento que la familia de Tomás Moro le hacía a este, por dejar en libertad a un hombre acusado de malvado. Hasta allí, todo bien para criterio de este cronista, se entendía que se presentaba dicha escena, para cuestionar el marco legal con el que se está juzgando a los imputados. Sin embargo, llamó la atención el diálogo exacto que expresa el protagonista de la película, al justificar su decisión: “yo consideraría al diablo el beneficio de la ley, por mi propia seguridad”. A priori, podríamos decir que la expresión “por mi propia seguridad” es, por lo menos, poco feliz.
A partir de allí, Ibáñez cuestionó la decisión del Ex Presidente Néstor Kirchner de impulsar la reapertura de los juicios, por considerarlos anticonstitucionales, de “raíz política” y sometidos a la expresión popular, más que a los criterios jurídicos. Para esto último, citó el ejemplo de lo ocurrido con el 2x1 donde la Corte Suprema de Justicia pretendió otorgar libertad a los juzgados por delitos de lesa humanidad. Allí cuestionó que “hordas de gente modifiquen las reglas”, considerando a la decisión de la corte como “jurídicamente impecable, pero políticamente inaceptable”.
Finalmente, y en el mismo sentido, Ibáñez expresó que era necesario considerar el contexto en el que se produjeron los hechos denunciados, dado que “la sociedad veía con absoluta normalidad, que el ejército interviniera”.

“La acusación se ha sostenido solo en los cargos”

Maria Laura Olea

Luego de un cuarto intermedio de poco más de media hora, la audiencia retomó a las 13hs, y allí el alegato continuó en la voz de la Dra. Olea. Durante este tramo, la exposición giró en torno al cuestionamiento por la extensión de los plazos de juzgamiento. La defensa considera que han pasado muchos años desde que los delitos se cometieron hasta el día de hoy y que esto, sumado a las prisiones preventivas, constituye una violación al principio de inocencia. En este punto la Dra. Olea fue clara, “la demora se debe al Estado” dijo, y expuso que desde las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, hasta la reapertura de los juicios por delitos de lesa humanidad transcurrieron veinte años. En el mismo sentido cuestionó la división de una misma causa en varios tramos, ya que esto ha provocado el sometimiento a juicio en sucesivos debates orales. “Grosse ya lleva diez años de prisión preventiva y no está firme la sentencia” mencionó.
La Dra. Olea hizo una exposición de las edades de los imputados donde no sólo cuestionó la afectación de la vida de los imputados, sino también el retraso en el conocimiento de la verdad. “El tiempo transcurrido afecta a la verdad, que es el objeto de este juicio”. En tal sentido, la abogada solicitó “la extinción de la acción penal, en virtud de la violación de los plazos razonables”.
Finalmente, lo que más se cuestionó en este tramo está relacionado con las motivaciones que, a criterio de las defensas, llevaron a las acusaciones. Allí, la principal crítica recae sobre el Ministerio Público Fiscal, por considerar que el grado de responsabilidad por los delitos denunciados, está exclusivamente determinado por los cargos militares que tenían los imputados al momento de los hechos. “La acusación se ha sostenido solo en los cargos” expresó y agregó “de nada sirve hacer un descargo o hacer una defensa si la sola función es prueba suficiente”. Finalmente dijo que “a nadie le puede ser útil la condena de un inocente, menos aún a las víctimas, ya que sería negarles la verdad”.
A esta altura los abogados volvieron a sugerir un cuarto intermedio, pero en esta oportunidad el Tribunal no lo concedió y la audiencia continuó.
En esta oportunidad retomó la palabra el Dr. Ibañez, y allí cuestionó la evaluación que el Ministerio Público Fiscal hizo de los reglamentos militares. Ibañez consideró que la fiscalía malinterpretó los reglamentos militares por desconocimiento y atribuyó tareas y responsabilidades a quienes, por reglamento, y según su interpretación, no correspondían. En este tramo diferenció “subordinado” de “subalterno”, “respeto” de “obediencia” y “superioridad de cargo” de “superioridad de grado”. El objetivo detrás de estas definiciones, buscó atribuir toda responsabilidad en el comandante, y no en quienes están en una escala inferior. Lógicamente, en esa escala están sus defendidos.
Cerca de las 15hs, se otorgó un cuarto intermedio, y la audiencia retomó a las 16hs.

“No se ajusta a los hechos”
“No quiero decir que la fiscalía miente, simplemente que no se ajusta a los hechos”. Así continuó el alegato el Dr. Ibáñez, para descartar la idea que sus defendidos estaban implicados en los delitos denunciados. Básicamente, según la interpretación de los reglamentos que hizo anteriormente, los acusados que representa no cumplían órdenes, sino que asesoraban a quienes sí las tomaban. Esto implicaría que no se puede saber qué es lo que sus defendidos sugerían, ni mucho menos, si era llevado a cabo.

“Exclusivamente policial, no militar”
A medida que el alegato avanzaba, el Dr. Ibáñez fue exponiendo los casos por los que se acusa a sus defendidos. El primero de ellos tuvo que ver con el secuestro del Sub Comisario Gutiérrez, ocurrido en la ciudad de Tandil en el año 1977. A Francisco Nicolás Gutiérrez se lo trasladó a Olavarría, para que identificara dónde vivía su hija Amelia Isabel Gutiérrez y su yerno Juan Carlos Ledesma. Esto no fue posible, y el sub comisario fue trasladado a la Brigada de Investigaciones de Las Flores.
En este caso, el Dr. Ibáñez señaló que dicho operativo fue realizado por la policía bonaerense y que el ejército no tuvo ninguna injerencia. “Esta acción fue exclusivamente policial, no militar, como después se quiso forzar” señaló. De esta manera, la extrategia de la defensa intenta desligar al ejército del secuestro y por ende, a sus defendidos que son, justamente, militares.
En el mimo sentido se expresó por las cosas que fueron robadas durante los operativos en las viviendas. Que estaban en la comisaría de Las Flores, y el por entonces Teniente Verdura, fue el que ordenó que dicha fuerza las devolviera.
La defensa cuestionó, con acusación de falsedad, los testimonios brindados por las víctimas, en especial el de Osvaldo Fernández, al decir que se quiso involucrar al ejército en dichos operativos. “El primer falsario es Osvaldo Fernández” señaló. Allí también se cuestionó la acusación contra Walter Jorge Grosse, dado que Fernández dijo reconocer de la voz de éste en un programa de televisión. En conclusión, Ibáñez atribuye la responsabilidad de dichos operativos a la policía de la Brigada de Investigaciones de Las Flores, y no a la de Olavarría.
En este caso están imputados Roberto Casares, Oscar Bardelli y Walter Jorge Grosse. Los tres eran integrantes del ejército. “Para el ejército era un papelón que la policía haya hecho ese operativo y haya robado cosas de manera escandalosa” expresó. Finalmente también destacó que durante el Consejo de Guerra (juicio militar que se le realizó a las personas secuestradas) no se mencionó el tema de los robos de las cosas, ni tampoco la muerte de Oscar Fernández (Hermano de Osvaldo). “Me consta que cuando hay un deceso, hay trámites para ver si fue en legítima defensa” dijo el abogado.
Hasta acá el alegato fue provocador, pero también, a ojos y oídos de este cronista, mínimamente revelador de cierta parte de la historia. Queda claro que, siendo o no verdad lo que dice Ibáñez, si uno compara los distintos alegatos de las distintas defensas, están quienes acusan a los militares para eliminar responsabilidades en los policías, y quienes argumentan de manera inversa. En conclusión, podríamos decir que ambos estuvieron involucrados. Se confirmaría el planteo de la fiscalía: hubo una actuación conjunta. Pero no digamos cosas de más, es suposición, no puede este cronista arrogarse el criterio de verdad judicial.
La audiencia terminó a las 17hs. Fue una de las más extensas de todo el juicio, y prometió continuar al día siguiente a partir de las 9hs, con el objetivo de dar por finalizados todos los alegatos previstos.

“Voy a continuar analizando testimonios”
La audiencia del viernes 9 de agosto comenzó a las 9:45hs. En esta oportunidad la Fiscal María Ángeles Ramos reemplazó al Dr. Juan Manuel Portela que había estado el día anterior. El resto de los presentes fue el mismo.
Ibáñez cuestionó varios testimonios. El primero fue el de Miguel Ángel Fuhr, agente de la policía a quien acusó de “falsario, mentiroso y onírico”. Señaló que su testimonio no puede ser tenido en cuenta porque había sido dado de baja del ejército, días antes del secuestro de Francisco Nicolás Gutiérrez.
El segundo testimonio que se cuestionó fue el de Hugo Francisco Ivaldo, electricista del ejército. A Ivaldo se le realizó un cuestionario que Ibáñez calificó de “absurdo y ridículo”, ya que consideró que todas las respuestas que se esperaba que diera, estaban ya planteadas en las mismas preguntas que se le realizaban. También señaló inconsistencias en su relato, las cuales las atribuyó a un posible enfrentamiento con Walter Jorge Grosse. “Es evidente que el señor Ivaldo estaba enojado con Grosse” señaló.
También cuestionó el testimonio de María del Carmen Fernández, hermana de Osvaldo y Oscar Fernández. Ibáñez descree de los nombres que la testigo mencionó y describió esa actitud como “gratuita”, porque son datos “incomprobables”. En este sentido, el abogado dijo “la comprendo, es la hermana, pensaba que nombrándolo lo podía ayudar” dijo en referencia a la presencia de Grosse en la camioneta que llevaba el cuerpo de Oscar Fernández, el día que se lo entregaron a su familia en el cementerio de Olavarría.
Otro testimonio que cuestionó fue el de Rubén Sampini, quien dijo que reconoció a Grosse por la voz y la respiración. “No le encuentro sentido a esa expresión” destacó.
De esta manera, el Dr. Ibáñez fue señalando diferentes casos en los que les restó veracidad a los testimonios. Continuó con quien fuera la novia de Jorge Miguel Toledo, secuestrado en 1978 y quien se quitó la vida en 1982, estando detenido en la Unidad N°1 de Caseros. Finalmente, también desestimó los testimonios de Mónica Dora Fernández y Alcides Félix Díaz. En conclusión, todos los testimonios serían débiles, incomprobables, falsos, o supuestos. Y en todos los casos, el objetivo fue quitar injerencia al ejército de Olavarría. “Está más que claro que en los hechos del año 78 no intervino el ejército, ni tenía necesidad de hacerlo” concluyó.

Falta la prueba”
Luego de un cuarto intermedio de media hora, el alegato continuó en la voz de la Dra. María Laura Olea, quien se refirió a la acusación de violación que pesa sobre uno de los imputados. Allí expresó que “estamos en un proceso penal, y los hechos deben ser probados”. Olea se refería a la exposición de una de las testigos que denunció haber sufrido dos violaciones estando secuestrada. “Por más aberrante y repulsivo que resulte, no está probado” señaló la abogada.

Caso Pareja
La Dra. Olea continuó con el caso del joven abogado secuestrado en 1977. Allí pidió la nulidad de un tramo de la acusación, por considerar que existe una irregularidad administrativa que no habilitaba a la investigación realizada por un magistrado ajeno a la jurisdicción correspondiente. También se desligó a Bardelli y a Grosse de la responsabilidad en la tortura sufrida por Pareja en la ciudad de La Plata. Del mismo modo se desligó a Leites de toda responsabilidad en el secuestro del abogado y se cuestionaron varios testimonios referidos a este caso.

Hermida, Lafitte y Vargas Vargas
Se trata del secuestro, detención y tortura sufrida por Hermida, Lafitte y Vargas Vargas, dentro del regimiento de Olavarría y por lo que están imputados Grosse, Casares y Bardelli. La Dra. Olea reiteró que estas acusaciones sólo están basadas en los cargos que estas personas tenían dentro del ejército, y que no existe ningún otro elemento que los incrimine. Como ya habían mencionado anteriormente, estos elementos no son suficientes para probar las acusaciones presentadas.
Finalmente, la exposición de la Dra. Olea refirió al pedido de inconstitucionalidad de la pena perpetua que solicitaron las partes acusatorias. Allí considera que se violaría el principio de resocialización del condenado, dado que los imputados tienen una edad avanzada y jamás podría llegar a cumplirse dicho objetivo penal. “El fin primordial es la resocialización, si esto no existe, no tiene sentido” señaló y agregó “Van a morir privados de su libertad”. En el mismo sentido, se cuestionó el pedido de retirarles las pensiones graciables, ya que esto afectaría los medios de subsistencia de los imputados.

Sin sentencia en Olavarría
El alegato del Dr. Ibáñez y la Dra. Olea terminó a las 14hs en punto, y se pidió la absolución de todos sus defendidos. A partir de allí el juicio entró en una nueva etapa. El presidente del Tribunal, preguntó a las partes acusatorias si tenían pensado hacer uso del derecho a réplica, lo que les permitiría cuestionar algunos de los planteos realizados por las defensas. Pero ni la fiscalía, ni la APDH optaron por hacer uso de la misma. El derecho a réplica implicaría que los cuestionamientos que se realizaran, de ser aceptados por el Tribunal, sean contestados por las defensas, y todas podrían pedir responder. Sin duda esto extendería el juicio más allá de los tiempos previstos, y se haría más engorroso. La parte acusatoria considera que ya todo está dicho, y apuesta a que sea el Tribunal el que dé respuesta en la sentencia, a los planteos realizados por las defensas.
Dicho esto, el próximo viernes 23 de agosto a las 9 hs, comenzará lo que se denomina “palabras finales” que es la posibilidad que tienen los imputados de expresarse, antes de que el Tribunal dicte sentencia. Esto se hará con algunos de ellos presentes en la sala de audiencias, pero la gran mayoría podrá realizarlo a través de video conferencia desde otros tribunales del país, cercanos a sus lugares de detención. Esto último no cayó bien entre el público que estaba presente, integrantes de la Comisión por la Memoria de Olavarría que religiosamente asisten a todas las audiencias. El enojo es justificado, desde que empezó el proceso, prácticamente ninguno de los acusados estuvo presente durante el juicio, ya que se les permitió no asistir. Y fueron dos años. Sin embargo, el enojo final llegó cuando el presidente del Tribunal, el Dr. Luis Imas, confirmó que la sentencia, prevista para el día 5 de septiembre, se leerá en dicha sede judicial, rechazando de manera definitiva, la posibilidad de que esta instancia final, se traslade a la ciudad de Olavarría. “Son atendibles las solicitudes que alientan a las querellas, pero no veo motivos válidos para el traslado” sentenció (podríamos decir). Pese a la insistencia que realizó en ese momento la Dra. Mariana Catanzaro, en representación de la APDH, la decisión ya estaba tomada. Celebraron la decisión los abogados defensores, y un miembro del público decidió retirarse del lugar, en expresión de protesta.
Sólo restan tres audiencias, para que culmine un juicio que comenzó el 17 de agosto del 2017. En rigor comenzó el 18, el día anterior habían fallado las comunicaciones para la video conferencia con los imputados presentes en otros puntos del país y esa audiencia se suspendió. Paradójicamente así comenzaba el Juicio Monte Pelloni 2, sin juicio. Habrá que ver cómo termina y cómo se resuelve este tramo oscuro de la historia olavarriense, por el momento, este ha sido, el último alegato.